Legislación
CÓMO SEGUIR LA TRAMITACIÓN DE LA LEY DE VIOLENCIA VICARIA
El proyecto está en fase de enmiendas en la Comisión de Igualdad hasta el 17 de septiembre de 2026. Te explicamos cómo seguir cada paso.
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Revisado por Andrea Cabezas Mateos — Revisión jurídica · Jurista y presidenta de Stop Violencia Vicaria ()
- tramitación parlamentaria
- proyecto de ley
- violencia vicaria
- respuesta institucional

Una ley no cambia nada el día en que el Gobierno la anuncia. Cambia cuando termina su recorrido parlamentario y se publica en el Boletín Oficial del Estado. Entre esos dos momentos hay una fase larga, pública y consultable, en la que el texto todavía puede modificarse.
El Proyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de violencia vicaria está ahora en esa fase. Este artículo explica dónde está exactamente, qué pasos quedan y cómo comprobarlo tú misma en fuentes oficiales, sin depender de titulares.
Los datos de este artículo corresponden al 3 de agosto de 2026. Durante la tramitación el texto puede cambiar: comprueba siempre la ficha oficial antes de dar por cierto un contenido concreto.
En qué punto está hoy el proyecto
Según la ficha de tramitación del Congreso de los Diputados, el expediente tiene estos datos:
- Número de expediente: 121/000106, XV Legislatura.
- Autor: Gobierno.
- Fecha de presentación: 17 de julio de 2026.
- Fecha de calificación: 23 de julio de 2026.
- Publicación del texto: Boletín Oficial de las Cortes Generales, Congreso, serie A, núm. 107-1, de 27 de julio de 2026.
- Comisión competente: Comisión de Igualdad.
- Tipo de tramitación: normal, no urgente.
- Plazo de presentación de enmiendas: hasta el 17 de septiembre de 2026, a las 18:00.
Es decir: el proyecto está en fase de enmiendas ante la Comisión de Igualdad. Ni ha sido votado, ni ha llegado al Senado, ni existe todavía una ley de violencia vicaria en vigor.
Qué contiene el texto remitido por el Gobierno lo analizamos aparte, en qué propone el proyecto de ley y qué falta.
Qué pasos quedan por delante
Un proyecto de ley orgánica recorre, de forma resumida, este camino:
- Enmiendas. Los grupos parlamentarios presentan enmiendas al articulado y, en su caso, enmiendas a la totalidad. El plazo puede ampliarse: es habitual que se prorrogue varias veces.
- Ponencia. Un grupo reducido de diputadas y diputados estudia el texto y las enmiendas y elabora un informe.
- Comisión. La Comisión de Igualdad debate el informe y aprueba un dictamen.
- Pleno del Congreso. Se debate y se vota. Al tratarse de una ley orgánica, el artículo 81 de la Constitución exige mayoría absoluta del Congreso en una votación final sobre el conjunto del texto.
- Senado. Puede aprobarlo, introducir enmiendas o vetarlo. Si lo modifica, el texto vuelve al Congreso.
- Publicación en el BOE. Solo entonces existe una ley, con su fecha de entrada en vigor.
Ninguno de estos pasos tiene fecha garantizada. Un proyecto puede acelerarse, quedarse parado o decaer si termina la legislatura antes de completarse.
Cómo comprobarlo por tu cuenta
No hace falta conocimiento jurídico para seguir un expediente. Los tres recursos útiles son:
- La ficha de tramitación del expediente 121/000106 en la web del Congreso. Recoge en una sola página las fechas, la comisión competente, el plazo de enmiendas vigente y cada hito con su referencia de publicación. Es la fuente que primero se actualiza.
- El Boletín Oficial de las Cortes Generales (BOCG), serie A para proyectos de ley del Congreso. Ahí se publica el texto íntegro, las enmiendas, el informe de ponencia y el dictamen de comisión.
- El Diario de Sesiones, cuando haya debates en comisión o en pleno: recoge literalmente lo que cada grupo dijo, no lo que se resumió después.
Dos comprobaciones evitan casi todos los errores de interpretación: mirar la fecha del documento y mirar la serie y el número de la publicación. Un texto de julio no describe la situación de septiembre, y una enmienda presentada no es una enmienda aprobada.
Qué no se puede afirmar todavía
Durante esta fase conviene ser especialmente preciso, porque la confusión entre lo anunciado y lo aprobado genera expectativas que después no se cumplen.
- No es correcto decir que la violencia vicaria «ya es delito autónomo». Es lo que propone el proyecto, no lo que está en vigor.
- No es correcto presentar una medida del texto como un derecho que se pueda invocar hoy ante un juzgado.
- No es correcto dar por hecho el resultado de una votación que aún no se ha producido.
- Una enmienda registrada por un grupo parlamentario no modifica el texto por sí sola: hay que esperar al informe de ponencia y al dictamen.
Esta distinción no es un tecnicismo. Para una mujer que está decidiendo qué hacer con su situación hoy, la diferencia entre un proyecto y una ley vigente es la diferencia entre lo que podrá pedir algún día y lo que puede pedir ahora.
Qué está vigente mientras tanto
Mientras el proyecto se tramita, siguen aplicándose los recursos y las medidas de protección actuales. Si estás en una situación de riesgo, no esperes a que cambie la ley:
- El 016 atiende las 24 horas, es gratuito y ofrece información, asesoramiento jurídico y atención psicosocial. También responde por WhatsApp en el 600 000 016 y por correo electrónico.
- Ante peligro inmediato, el 112.
- En ayuda y recursos están reunidos todos los canales, junto al botón de salida rápida de esta web.
Si quieres entender qué conductas describe este fenómeno antes de leer el proyecto, puedes empezar por qué es la violencia vicaria.
El seguimiento como forma de incidencia
Stop Violencia Vicaria es una asociación especializada en violencia de género vicaria que acompaña a víctimas, investiga y trabaja para que la respuesta institucional mejore. Seguir una tramitación no es una tarea burocrática: es la manera de comprobar si lo que se anuncia en una rueda de prensa sobrevive al debate parlamentario, y de detectar a tiempo si la protección de la infancia queda recortada por el camino.
Nuestra posición sobre qué debe garantizar cualquier reforma en esta materia está recogida en el manifiesto de la asociación, impulsado desde la presidencia de Andrea Cabezas Mateos, jurista especializada en violencia de género, infancia y derechos humanos.
Actualizaremos este artículo cuando el expediente cambie de fase. Si trabajas en un ámbito profesional o institucional y quieres colaborar en el seguimiento, puedes escribirnos desde contacto.
Esta información es general y divulgativa. No sustituye el asesoramiento jurídico, psicológico o sanitario profesional.
Aviso jurídico: este contenido trata materia legal y ha recibido revisión jurídica antes de su publicación por Andrea Cabezas Mateos.
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