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ESTADÍSTICAS DE VIOLENCIA VICARIA EN ESPAÑA: QUÉ DATOS OFICIALES EXISTEN Y QUÉ FALTA MEDIR

No existe una estadística oficial que cuente la violencia vicaria en España. Qué mide cada fuente oficial, qué cifras da hoy y qué se queda fuera.

Por Stop Violencia Vicaria

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Cinco heptágonos alineados sobre fondo lavanda: cuatro llenos a distintas alturas con un degradado violeta y el quinto vacío, dibujado solo con puntos

Cada vez que un medio, una charla o un informe cita «las cifras de la violencia vicaria», conviene preguntar de dónde salen. Porque en España hay varias estadísticas oficiales que tocan este fenómeno, ninguna lo mide entero, y sus números no son intercambiables: cuentan cosas distintas, en unidades distintas y en momentos distintos.

Este artículo ordena lo que hay. Qué publica cada organismo, qué cifra da hoy, qué deja fuera y qué haría falta para que la violencia vicaria —el daño que un agresor causa a una mujer a través de sus hijas, hijos u otras personas queridas— dejara de ser un fenómeno que se estima en vez de contarse.

Datos comprobados en las fuentes oficiales el 30 de septiembre de 2026. Las estadísticas de víctimas mortales son provisionales y se actualizan: comprueba la fecha de la ficha antes de citar una cifra.

¿Existe una estadística oficial de la violencia vicaria en España?

No. Existe un recuento oficial de su forma más extrema —las personas menores de edad asesinadas— y existen varias estadísticas de violencia de género en las que la infancia aparece como un dato secundario. No existe ninguna operación que cuente los casos de violencia vicaria no letal.

Lo dice, sin rodeos, el informe del Defensor del Pueblo Violencia vicaria de género. Las otras víctimas, registrado en las Cortes Generales el 22 de noviembre de 2024: «Sobre estas otras manifestaciones no extremas de la violencia vicaria no disponemos en la actualidad de datos estadísticos de ningún organismo oficial». Y añade una explicación incómoda: «Solo se accede a los exiguos datos de víctimas mortales menores de edad, porque son imposibles de ocultar».

Ese vacío no es una opinión de parte. El propio Proyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de violencia vicaria, publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el 27 de julio de 2026, reconoce en su exposición de motivos que «la ausencia de datos estadísticos específicos sobre el impacto de la violencia de género en hijos e hijas de las víctimas, tanto menores como mayores de edad, dificulta el diseño y ejecución de políticas públicas eficaces».

Las cinco fuentes oficiales que hay que conocer

Ninguna es «la» estadística de la violencia vicaria. Juntas son lo que hoy se puede citar.

1. Estadística de Víctimas Mortales por Violencia de Género (DGVG)

Es la única fuente que cuenta, caso a caso y con confirmación oficial, a las personas menores de edad asesinadas. La elabora la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género y la difunde cada mes en su Boletín Estadístico Mensual. Según los principales datos de julio de 2026:

  • 1.375 feminicidios en la pareja o expareja confirmados entre el 1 de enero de 2003 y el 31 de julio de 2026.
  • 68 personas menores de edad asesinadas como consecuencia de violencia en la pareja o expareja entre el 1 de enero de 2013 —primer año de la serie— y el 31 de julio de 2026. Tres de ellas, en lo que va de 2026.
  • 533 personas menores de 18 años huérfanas por un feminicidio en la pareja o expareja desde 2013.

Desde enero de 2022 la Delegación clasifica los feminicidios en cinco categorías y una de ellas se llama, literalmente, feminicidio vicario: sus notas metodológicas lo definen como el «asesinato de una mujer mayor de edad por parte de un hombre como instrumento para causar perjuicio o daño a otra mujer por razón de género». Ojo al matiz: esa etiqueta se aplica a mujeres adultas. Para las personas menores de edad, el criterio es distinto: se desagregan en vicarias y no vicarias según si la mujer víctima de violencia fue o no asesinada en el mismo suceso. En la ficha de menores correspondiente a 2026, actualizada el 23 de marzo, dos de los tres casos del año figuraban como violencia vicaria.

Qué deja fuera: todo lo que no es un homicidio. Y conviene recordar que los datos son provisionales y que los feminicidios fuera del ámbito de la pareja solo se difunden cada seis meses, porque confirmarlos lleva más tiempo. La ficha de otros feminicidios de 2025, actualizada el 31 de marzo de 2026, registra 26 casos ese año y 101 entre 2022 y 2025.

2. Macroencuesta de Violencia contra la Mujer 2024 (DGVG)

Es la fuente que mejor describe el tamaño del problema, pero no cuenta casos: estima. Y su unidad de medida no es la infancia, sino las mujeres encuestadas. Su capítulo 13 está dedicado a las hijas e hijos de las mujeres víctimas:

  • el 48,7% de las mujeres que sufrieron violencia de alguna pareja y tenían criaturas entonces dice que estas presenciaron o escucharon los episodios;
  • de ellas, el 91,0% —1.197.708 mujeres— señala que eran menores de edad;
  • y 589.676 mujeres (el 49,2% del grupo anterior) afirman que sus hijas e hijos menores sufrieron ellos mismos la violencia del agresor.

La encuesta estima además que, durante el trabajo de campo, entre 1.197.360 y 1.824.875 personas menores de edad vivían en hogares donde la mujer estaba sufriendo violencia de alguna pareja.

Qué deja fuera: el mecanismo. La Macroencuesta mide violencia en la pareja y exposición de la infancia a ella; no pregunta si el agresor dañó a las criaturas para hacer daño a la madre, que es justo lo que define la violencia vicaria. Ese matiz lo desarrollamos en cómo afecta la violencia vicaria a la seguridad y a los vínculos de la infancia.

3. Estadística de Violencia Doméstica y Violencia de Género (INE)

Es la fuente que cuenta personas dentro del sistema judicial. La elabora el Instituto Nacional de Estadística explotando el Registro central para la protección de las víctimas de la violencia doméstica y de género, del Ministerio de Justicia. Los datos de 2025, publicados el 30 de abril de 2026, registran 33.373 mujeres víctimas de violencia de género y 1.935 personas menores de edad —hijas e hijos, en guarda o custodia o convivientes— en asuntos con medidas cautelares u órdenes de protección dictadas.

Qué deja fuera: todo lo que no llega a tener una medida cautelar o una orden de protección inscrita. La cifra de 1.935 es la que cita la exposición de motivos del proyecto de ley, y es la mejor aproximación judicial disponible a la infancia afectada, pero no distingue la violencia vicaria de otras situaciones.

4. Estadística judicial del Consejo General del Poder Judicial

Es la fuente más rápida y la que mejor muestra el tamaño del agujero. Se publica por trimestres; el último disponible es el primer trimestre de 2026, difundido el 24 de junio. En esos tres meses, las secciones de Violencia sobre la Mujer de los tribunales de instancia registraron 50.911 denuncias y 45.220 mujeres víctimas.

¿Y la infancia? 107 personas menores de edad. El propio informe explica por qué es tan poco: «Únicamente se reflejan aquellos menores identificados como víctima en denuncia». En el mismo trimestre se solicitaron 9.256 órdenes y medidas de protección de los artículos 544 bis y ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, con 54 víctimas menores tuteladas.

Qué deja fuera: a casi todas las criaturas. No porque no estén, sino porque el formulario solo las recoge cuando figuran como víctima en la propia denuncia.

5. Sistema VioGén (Ministerio del Interior)

Es la fuente operativa: no mide lo que pasó, sino los casos que la policía tiene bajo seguimiento. El Boletín Estadístico Mensual de julio de 2026 recoge 104.666 casos activos a 31 de julio, con datos de la Secretaría de Estado de Seguridad.

Ese boletín publica desde marzo de 2020 tablas específicas sobre los casos con menores de edad en situación de vulnerabilidad y en situación de riesgo. La segunda categoría es la más cercana a la violencia vicaria que existe hoy en un registro administrativo: según el glosario del propio boletín, se activa cuando, tras la valoración policial del riesgo conforme al Protocolo 2025 y existiendo menores a cargo de la víctima, «se detecta una especial combinación de indicadores que apuntan a que la violencia ejercida por el agresor sobre la víctima podría extenderse a otras personas cercanas a esta, especialmente hacia los menores a su cargo».

Qué deja fuera: es una previsión de riesgo, no un recuento de hechos. Y solo se aplica en casos con riesgo medio, alto o extremo.

Por qué las cifras no cuadran entre sí

Tres razones, y ninguna es un error de nadie:

Fuente Qué cuenta Unidad Último dato
Víctimas mortales (DGVG) Homicidios confirmados Personas 68 menores (2013 – 31/07/2026)
Macroencuesta 2024 (DGVG) Prevalencia declarada Mujeres encuestadas 589.676 mujeres con criaturas que sufrieron la violencia
EVDVG (INE) Asuntos con medidas cautelares Personas inscritas 1.935 menores (año 2025)
Estadística judicial (CGPJ) Denuncias y órdenes Personas en la denuncia 107 menores (1T 2026)
VioGén (Interior) Casos en seguimiento policial Casos 104.666 activos (31/07/2026)
  1. Miden objetos distintos. Una muerte confirmada, una respuesta en una encuesta, una inscripción registral y un caso policial abierto no son la misma cosa.
  2. Usan unidades distintas. La Macroencuesta cuenta mujeres; la estadística judicial, personas identificadas en una denuncia; VioGén, casos —que no equivalen a víctimas, porque una misma mujer con dos agresores genera dos casos—.
  3. Van a ritmos distintos. A 30 de septiembre de 2026, el dato judicial más reciente es del primer trimestre, el del INE es de 2025 y el boletín mensual llega hasta julio. Comparar una cifra de julio con otra de hace dos años produce titulares equivocados.

De ahí el contraste que más conviene tener presente: 107 menores en tres meses de estadística judicial frente a 1.935 en un año de registro civil-penal y frente a más de un millón de mujeres que declaran en una encuesta que sus criaturas presenciaron la violencia. No hay contradicción. Hay tres ventanas estrechas asomadas al mismo fenómeno.

Qué falta medir

Cuatro huecos concretos, todos señalados por fuentes oficiales:

La violencia vicaria no letal. Es el hueco principal. Impedir el contacto, ocultar el estado de salud de una criatura, usar las visitas o el dinero como palanca: nada de eso se cuenta. El Defensor del Pueblo lo describe como una violencia «invisibilizada y oculta, como ocurriera en los inicios del siglo XXI con la violencia contra la mujer».

Los registros de infancia que la ley ya prevé. La Ley Orgánica 8/2021 (LOPIVI) creó dos instrumentos: el Registro Central de información sobre la violencia contra la infancia y la adolescencia (artículo 56), que el Gobierno debe desarrollar por real decreto, y el Registro Unificado de Servicios Sociales sobre Violencia contra la Infancia, RUSSVI (artículo 44). En noviembre de 2024 el Defensor del Pueblo recomendó ponerlos en funcionamiento «especificando los datos sobre violencia vicaria de género» y asegurando su conexión con el Observatorio estatal de violencia sobre la mujer.

La infancia como unidad de medida. Hoy, en casi todas las fuentes, las niñas y los niños son un atributo del expediente de su madre: se cuentan si aparecen en su denuncia, si conviven con ella, si ella los menciona en una encuesta. Contar a la infancia como sujeto propio cambiaría las cifras y, con ellas, el dimensionado de los recursos.

La periodicidad y la provisionalidad. Que la ficha de menores víctimas mortales de 2026 siga actualizada a 23 de marzo, que los feminicidios fuera de la pareja se publiquen cada seis meses y que la estadística judicial vaya un trimestre por detrás no son fallos: son el ritmo real de la confirmación de casos. Pero obligan a citar siempre la fecha del dato, no solo el número.

El marco de referencia no es nuevo: el artículo 11 del Convenio de Estambul, en vigor en España desde 2014, obliga a recoger datos estadísticos detallados y desagregados sobre todas las formas de violencia contra las mujeres. La Delegación del Gobierno lo invoca expresamente al explicar por qué amplió su recogida de datos en 2022.

Qué cambiaría el proyecto de ley que está en tramitación

El Proyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de violencia vicaria incluye tres mandatos estadísticos. No es una norma en vigor: está en tramitación en la Comisión de Igualdad del Congreso y su texto puede cambiar o no llegar a aprobarse. Según el texto publicado en el BOCG el 27 de julio de 2026:

  • La operación «Estadística de Víctimas Mortales por Violencia Contra la Mujer por Razón de Género» deberá incluir de manera diferenciada a los hijos e hijas o descendientes de la mujer víctima de violencia vicaria, a las personas menores o mayores con discapacidad sujetas a su tutela, curatela, acogimiento o guarda y custodia, a otros familiares o allegados menores de edad, a sus ascendientes, hermanos y hermanas y a su cónyuge o persona ligada por relación de afectividad, cuando hayan sido víctimas de homicidio en ese contexto.
  • La Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género sería la autoridad encargada de la verificación y confirmación oficial de esos casos.
  • La Macroencuesta de Violencia contra la Mujer incorporaría la perspectiva de infancia, con preguntas sobre la violencia que sufren las hijas e hijos de las mujeres encuestadas y otros familiares y allegados menores de edad, «para mejorar el conocimiento del contexto, la magnitud y la incidencia de la violencia vicaria».

Si el texto sale adelante con esa redacción, por primera vez una norma estatal ordenaría medir la violencia vicaria como tal. Cómo comprobar en qué punto está el trámite lo explicamos en cómo seguir la tramitación de la ley de violencia vicaria.

Cómo citar una cifra de violencia vicaria sin equivocarse

Si vas a usar un dato en un trabajo, un artículo o una intervención, comprueba cinco cosas:

  1. Qué organismo lo publica. DGVG, INE, CGPJ e Interior no miden lo mismo.
  2. Qué periodo cubre. Serie histórica, año natural o trimestre.
  3. Cuál es la unidad. Mujeres, personas menores de edad, casos o asuntos.
  4. Si es provisional. Las cifras de víctimas mortales lo son casi siempre.
  5. Cuándo se actualizó. La fecha está en la propia ficha; sin ella, el número no se sostiene.

Y una regla de fondo: no atribuyas a la violencia vicaria una cifra que mide violencia de género en general. Es un error frecuente y resta credibilidad justo donde más falta hace. La diferencia entre ambos conceptos la explicamos en violencia vicaria y violencia de género, y la clasificación oficial de los tipos de violencia, en tipos de violencia de género y violencia vicaria.

Por qué insistimos en esto

Stop Violencia Vicaria es una asociación especializada en violencia de género vicaria. Buena parte de nuestro trabajo consiste en recoger lo que las estadísticas no recogen —lo que cuentan las madres sobre los incumplimientos, las visitas, el dinero, el silencio— y llevarlo a las instituciones que sí pueden medirlo. Lo que no se mide no se presupuesta, no se evalúa y no se corrige.

Ese trabajo de investigación e incidencia lo dirige Andrea Cabezas Mateos, abogada especializada en violencia de género, infancia y derechos humanos y presidenta de la asociación. Puedes ver en qué consiste en qué hacemos.

Si estás viviendo esto

Ninguna estadística describe un caso concreto, y no hace falta encajar en una cifra para pedir ayuda.

El 016 es gratuito, atiende las 24 horas en varios idiomas, no exige denuncia previa y no queda registrado en el historial de llamadas del móvil; también responde por WhatsApp en el 600 000 016. Ante un peligro inmediato, llama al 112. En ayuda y recursos están reunidos todos los canales, y si lo que buscas es entender qué le está pasando a tu hija o a tu hijo, empieza por las consecuencias de la violencia vicaria en niños, niñas y adolescentes.

Esta información es general y divulgativa. No sustituye el asesoramiento jurídico, psicológico o sanitario profesional.

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